SCJN: custodia y guarda no pueden darse a la madre sólo por serlo

Lo más importante es la salud tanto física como mental de un menor de edad, por tanto, la decisión debe basarse en ambas variables y no en el género de sus padres

Generalmente la guarda y custodia de los menores de edad es otorgada a la madre durante un proceso de divorcio, pues culturalmente, se supone que las mujeres tienen “más capacidades para criar”. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no pueden otorgarse guarda y custodia a las madres sólo por serlo. En esos casos, lo más importante es la salud física y mental del niño.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) estipula que los menores de edad y los adolescentes tienen derecho a tener una relación saludable con ambos padres, inclusive aunque estos se hayan divorciado. En un tríptico informativo esclarecen que si bien es difícil dar por terminada una relación de pareja, su obligación como padres es garantizar los derechos de sus hijos.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la asignación de guarda y custodia de los hijos productos de un matrimonio debe ser tomada lejos de todo estereotipo de género. Antes bien, debe hacerse un análisis con base en las circunstancias del caso, así mismo, con apoyo de diferentes instituciones de salud pública y especial.

Esta decisión derivó de un caso en el que tanto la madre como el padre de una familia ejercían violencia, por lo que, decidieron que la custodia de las hermanas adolescentes la tendría la madre por ser mujer. Decisión que privilegió los estereotipos de género y sumó una piedra más contra los procesos de equidad.

¿Cómo se obtiene la custodia?

Existen al menos dos formas para obtener la guarda y custodia de menores de edad y adolescentes en México: el común acuerdo entre los progenitores o el discernimiento por parte del juez, éste considera la opinión de los menores en cuestión. Cuando los padres no llegan a un común acuerdo, se pasa al juicio en el que las autoridades requieren de diversos exámenes para determinar quién puede ofrecer desarrollo integral del menor.

  • Pruebas psicológicas
  • Dictámenes toxicológicos
  • Informes de Trabajo Social
  • Informes medicinales

Tanto la maternidad como la paternidad deben ser ejercidos bajo un rubro de equidad, de lo contrario, se repiten patrones machistas que afectan no sólo el desarrollo del menor, sino que crean en él cierta imagen sobre la relación de los hombres con sus hijos.

En México, es muy común encontrar casos de paternidad abandónica, es decir, cuando un padre deja de lado las responsabilidades afectivas, emocionales y afectivas que tiene con sus hijos. se piensa que esas tareas no son propias de un hombre, por lo que, las deja relegadas a la madre. Posiblemente cuando esa niña o niño crezca pensará que abandonar a sus hijos es algo normal, que la distancia emocional es correcta.

Esto no cambiará hasta que como sociedad dejemos de relegarle la crianza sólo a las mujeres, si se involucra a los hombres en su paternidad habrá menos problemas de autoestima y violencia masculina en general.

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